Número de Plazas disponibles 1º Curso Bachelor 2010-11: 40 en total entre la sección español e inglés
Requisitos mínimos
1º Bachelor
- TÍTULO de BACHILLERATO o equivalente (si procede de un país extranjero o de un centro con un sistema de educación extranjero).
- Para los estudiantes del sistema español, Selectividad aprobada.
- Para los estudiantes del sistema francés, diploma de BAC.
- Sección Español: Dominio de la lengua castellana.
- Sección Inglés:Dominio de la lengua inglesa.
2º/3 Bachelor
- 2 años de estudios en una institución de educación superior y/o título de formación profesional de Grado Superior (BAC +2 para estudiantes franceses).
- Dominio de la lengua castellana.
- Dominio de la lengua inglesa.
- Pueden solicitar la convalidación, los estudiantes que quieren empezar o continuar los estudios en ESEC y han cursado parcialmente o totalmente otros estudios que conducen a la obtención de una titulación académica universitaria. Será requisito indispensable para estudiar dicha solicitud el plan de estudios de dicha formación y las asignaturas . En ningún caso son convalidables créditos o asignaturas sino años académicos completos.
Proceso de admisión
Entrega dossier de admisión (1 Diciembre 2009 -25 Julio 2010)
Tienes que cumplimentar el dossier con tus datos personales y académicos y adjuntar la siguiente documentación:
Acceso 1º Bachelor
- Notas 1º y 2º Bachillerato o equivalente (disponibles hasta el momento).
- Título Bachillerato (en cuanto disponible).
- 3 Fotos carné.
- Fotocopia color DNI/Pasaporte.
- Currículum actualizado.
- Carta de Motivación.
- 2 Cartas de recomendación de profesores firmadas y selladas por el centro.
Acceso 2º/3º Bachelor
- Título de Bachillerato
- Notas de los 2 últimos cursos de estudios superiores realizados.
- Título correspondiente (si disponible).
- Plan de estudios con detalle de las asignaturas para convalidación.
- 3 Fotos carné.
- Fotocopia color DNI/Pasaporte.
- Currículum actualizado.
- Carta de Motivación.
- 2 cartas de recomendación de profesores firmadas y selladas por el centro.
Recuerda que para poder validar tu candidatura y seguir con el proceso de admisión debes entregar junto con el dossier TODA la documentación solicitada antes del 30 de JUNIO. Te recomendamos entregar tu dossier con antelación dado que las plazas son limitadas.
Solicita la solicitud de admisón en papel o Descargála en pdf
Puedes enviar la solicitud junto con la documentación por correo postal, entregarla directamente enESEC o enviarla por e-mail a la siguiente dirección: candidatos@esec.es
- Una vez recibido tu dossier con toda la documentación nos pondremos en contacto contigo para la inscripción a las pruebas de admisión.
Pruebas de admisión (Febrero – 30 Julio)
Tras previa selección de dossier, nuestro departamento de admisiones se pondrá en contacto con el candidato para la convocatoria de las pruebas de admisión las cuales tienen lugar entre Febrero y Julio y consisten en:
- Entrevista personal: con el objetivo de conocer la motivación del candidato y su potencial profesional.
- Prueba de Síntesis de Texto: Prueba de 2 horas de duración que consiste en el análisis y síntesis de 2 textos facilitados por la escuela
- Test de nivel de inglés: Test de inglés compuesto por una parte escrita y una parte de comprensión. (Sección inglés: Nivel mínimo First Certificate Cambridge).
- Test de aptitudes académicas: Se trata de un instrumento que sirve para evaluar el potencial académico del candidato a través de distintas pruebas. Tiene una duración aproximada de dos horas y media.
Fechas abiertas por el momento:
8 Julio15 Julio
22 Julio
29 Julio
*Para poder pasar estas pruebas de admisión toda la documentación solicitada deberá ser entregada con antelación.
Resultado proceso de admisión
El resultado del proceso de admisión se basa en la valoración global del conjunto de pruebas de la comisión + el dossier de admisión (notas, currículum, carta motivación, cartas de recomendación..).
El resultado se comunicará al candidato por correo postal en el plazo aproximado de 3 semanas. La admisión final sólo será válida tras presentación del Título de Bachillerato o equivalente, requisito indispensable para la formalización de la matrícula.
Posibles resultados:
- No admitido.
- Admitido.
- Admitido condicionado (estudiante admitido que queda condicionado a la entrega del título de bachillerato o equivalente o a otros requisitos).
- Lista de Espera.
Matrícula
Estudiantes admitidos en ESEC:
El candidato recibirá por correo postal la notificación de su admisión junto con la hoja de matrícula, la cual debe ser firmada y devuelta junto con el comprobante del abono para la reserva de plaza. El importe y la fecha límite de reserva de plaza queda detallado en la carta. Una vez pasada la fecha límite el candidato perderá los derechos sobre su plaza y pasará a lista de espera.
Cuando se haya formalizado la matrícula el dossier del candidato será remitido al departamento de pedagogía quien enviará una carta con toda la información correspondiente al inicio de curso.
Alumnos internacionales
HOMOLOGACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS EXTRANJEROS NO UNIVERSITARIOS
Todos los trámites varían según el país de origen de los estudios, títulos o documentos. Requisitos Generales
Todos los documentos que se aporten a estos procedimientos deben ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes a ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país que se trate.> No se exige ningún tipo de legalización para los documentos expedidos en Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
>Si los estudios se han cursado en países suscritos al Convenio del Haya, basta con que las autoridades competentes extiendan la Apostilla* oportuna.
Más información sobre documentos por países
Estados Firmantes del Convenio de la Haya
¿Qué es la Apostilla de la Haya y para qué sirve?
La Apostilla consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público ha sido puesto por una autoridad competente. Es un método simplificado de legalización de documentos a efectos de verificar su autenticidad en el ámbito internacional. Físicamente consiste en una hoja que se agrega a los documentos que la autoridad competente estampa sobre una copia del documento público. Este trámite, al igual que la autenticación (legalización), únicamente certifica que la firma o sello que muestra el documento fue emitido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones, pero no certifica la validez del contenido del mismo. Esta certificación proviene del Convenio del Haya del 5 de octubre de 1961, también conocida como la Convención de la Apostilla, firmado en la Haya, Países Bajos, que suprime el requisito de legalización de los documentos públicos extranjeros. Entró en vigor el 24 de enero de 1965. La apostilla sólo tiene validez entre los países firmantes de este tratado, por lo que si el país donde se necesita utilizar el documento no pertenece a él, entonces será necesaria una legalización diplomática. Sirve para que un documento nacional sea reconocido en un país extranjero. En principio, se reconoce en aquellos países que hayan firmado un tratado internacional, conocido como la Convención de la Haya, para disminuir así los trámites necesarios para el reconocimiento de estos en países diferentes al que fue emitido.
>Si los estudios se han cursado en países que no están suscritos al Convenio del Haya, la documentación debe estar correctamente legalizada mediante vía diplomática por las instituciones pertinentes.
Traducción de los documentos expedidos en el extranjero
La lengua de los procedimientos tramitados por la Administración General del Estado será el Castellano. En consonancia con ello, las normas reguladoras de estos procedimientos exigen que los documentos expedidos en el extranjero que deseen hacerse valer en los mismos vayan acompañados de la traducción oficial al castellano (cuando no estén expedidos en ese idioma). La traducción oficial podrá hacerse:- Por traductor Jurado, debidamente autorizado o inscrito en España
- Por cualquier Representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero
- Por la representación diplomática o consular en España del país de que es ciudadano el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento
- Descarga documento sobre el procedimiento para tramitar homologación ( 2010-06-21)
- Consulta de Equivalencias de Educación Superior- Bachillerato
SOLICITUD DE VISADOS
La solicitud de visado y su recogida debe realizarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular en cuya demarcación resida el extranjero. Los requisitos necesarios deberán consultarse en la Misión Diplomática u Oficina Consular donde se solicite el visado ya que varían según el tipo de visado y el país de origen del solicitante.Más Información
SOLICITUD DEL NIE Y TARJETA DE RESIDENCIA
La obtención de un NIE y una Tarjeta de Residencia dan el estatus de residente legal en España y resultan de utilidad para muchos trámites. La Tarjeta de Residencia es un carné que contiene tu NIE, tus datos personales, tu fotografía y tu huella dactilar. Es necesaria para trámites en los que alguien requiera prueba de tu domicilio actual en España (por ejemplo para clubes de alquiler de video, bancos, etc.) La Tarjeta tiene una validez de cinco años luego de los cuales debe ser renovada. A los solicitantes originarios de países no pertenecientes a la Unión Europea (extracomunitarios) se les concede una Residencia inicial de un año, la cual se extiende usualmente a cinco años al ser renovada. Un NIE ( Número de Identidad de Extranjero) es un número que el Servicio de Inmigración emite una vez que obtienes la residencia (lo encontrarás en tu Tarjeta de Residencia). Este será tu número de identificación en España. Es necesario para poder presentar declaraciones de impuestos, establecer comercios, abrir cuentas bancarias, y para casi cualquier formulario que debas cumplimentar. Tanto los ciudadanos comunitarios como los extracomunitarios reciben un NIE.¿Cómo solicitar la residencia?
Para obtener la residencia y el NIE (desde España) debes solicitarlo en la Oficina de Extranjeros más cercana o, en su defecto, en la Comisaría de policía más cercana a tu domicilio. Una vez que lo hagas recibirás la tarjeta de residencia en unas cuantas semanas aunque dependiendo del a época del año este proceso puede llegar a demorar varios meses. Dado que cada oficina de extranjeros procesa los candidatos locales, tanto el tiempo de espera en filas en la oficina como el tiempo de espera para la emisión de la Tarjeta de Residencia, pueden variar en gran medida de una oficina a otra incluso en la misma ciudad. Por lo tanto vale la pena preguntara personas que hayan solicitado la residencia recientemente sobre sus experiencias. En la página web del Ministerio del Interior se encuentra disponible una lista completa de las Oficinas de extranjeros en Barcelona.
Por otra parte, ten en cuenta que en ocasiones se puede tramitar el NIE más rápido que la Tarjeta de Residencia, con lo cual si tienes prisa quizás prefieras tramitar por separado el NIE y la Tarjeta de manera que recibas tu NIE antes. A continuación encontraras una lista de algunos de los documentos que deberás presentar para solicitar tu residencia. No obstante, no existe un listado oficial de estos recaudos por lo que puede que lo que te pidan varíe de una localidad a otra. Lo mejor es que verifiques en tu oficina local que es exactamente lo que requieren.
Documentos necesarios para todos los solicitantes (comunitarios y extracomunitarios):
• Pasaporte vigente. Original y copia.
• 3 fotografías recientes tipo pasaporte con tu nombre escrito claramente en el reverso.
• Planilla de solicitud debidamente cumplimentada. Original y tres copias.
Para renovar tu residencia
La autoridades no se pondrán en contacto contigo para recordarte que tu Tarjeta de Residencia requiere ser renovada por lo que depende de ti el revisar su vigencia y asegurarte de que esto se haga oportunamente. Para renovar tu Residencia necesitaras los siguientes documentos: Si estos trámites se quieren hacer desde fuera de España, el interesado deberá informarse en la misión diplomática u oficina consular española correspondiente a su demarcación de residencia.
INFORMACIÓN SANITARIA
Todos los estudiantes extranjeros pertenecientes a la Comunidad Europea (Alemania, Austria, Bélgica, República Checa, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Suecia) y al Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechenstein, Noruega) y Suiza, pueden beneficiarse de asistencia sanitaria en igualdad de condiciones con los asegurados del país al que se desplaza presentando la Tarjeta Sanitaria Europea (Carte Eurpéenne d’Assurance Maladie). El periodo de validez de la Tarjeta Sanitaria Europea consta en la misma, pudiéndose renovar siempre desde el país de origen. Esta tarjeta les da derecho a tener visitas puntuales causadas por una urgencia o una dolencia puntual pero no se les podrá asignar un doctor particular o un seguimiento médico exhaustivo.Si quieres que te sea asignado un médico en el CAP (Centro de Atención Primaria) más próximo, deberás presentar el certificado de empadronamiento, un documento emitido por el ayuntamiento que certifica tu residencia en Barcelona. Para obtenerlo, tendrás que dirigirte a la Oficina de Atención al Ciudadano, situada en Pl. Sant Miquel nº 4 (detrás de la plaza Sant Jaume), donde te pedirán que presentes el contrato de alquiler o equivalente como prueba de residencia. Una vez empadronado, tendrás que llamar al 902 111 444, donde te informarán sobre tu CAP más cercano.
Los estudiantes extranjeros que no entran dentro de la Comunidad Europea, lo más recomendable es que se asesoren desde su país para venir con una Mutua Privada o con una Asistencia Sanitaria de Viaje para poder ser atendidos en el país al que se desplazan. Lo más probable es que adquieran una tarjeta donde tendrán un teléfono de contacto para poder llamar cada vez que tengan una urgencia y ellos les comunicaran el centro sanitario donde tienen que recurrir en el país donde se encuentren y las indicaciones pertinentes.
Teléfonos útiles:
SANITAT RESPON 24H: 902 111 444
URGENCIAS MÉDICAS: 061
SEDE DE LA REGION SANITARIA DE BCN:
Edifici Mestral. Parc Sanitari Pere Virgili
Esteve Terradas, 30 08023 - Barcelona
Tel. 902 011 115




